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Oficina de Relaciones Humanas
400 S. Orange Ave.
Casa Alcaldía (City Hall), 2ndo. Piso
Orlando, FL 32802-4990
407.246.2122
FAX: 407.246.2308
TTY: 407.246.3454
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Alojamiento y servicio Público
El Capítulo 57 prohíbe la discriminación o separación debido a
raza, color, religión, origen nacional, estado civil, edad, sexo,
orientación sexual o discapacidad, en cualquier lugar de
alojamiento o servicio público en la Ciudad de Orlando.
Un lugar de alojamiento
o servicio público se refiere a los siguientes establecimientos. Esta no es una
lista exhaustiva.
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Cualquier
posada, hotel, motel u otro lugar que provee alojamiento a
huéspedes transitorios.
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Cualquier
restaurante, cafetería, comedor, mostrador de comidas, fuente de
sodas u otras facilidades involucradas principalmente en la venta de
comida para consumo en sus facilidades, incluyendo aquellas
localizadas en los predios de cualquier establecimiento de venta al
por menor o estación de gasolina.
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Cualquier bar, salón, club nocturno u otra facilidad involucrada
principalmente en vender bebidas alcohólicas o tanto comida como bebidas alcohólicas para
el consumo en sus facilidades.
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Cualquier establecimiento
para exhibir películas o cine, teatro, sala de
conciertos, arena de deportes, estadio, salón de convenciones u otro
lugar de exhibición o entretenimiento.
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Cualquier biblioteca o facilidad educativa apoyada en parte o en
total por fondos públicos, transporte público (taxis, limosinas y
autobuses), barbería o salón de belleza, hospital, lavandería,
piscina, guardería, preescolar o centro de cuidado diurno.
Están exentos de las leyes de discriminación en alojamiento
o servicio público
los clubes privados no abiertos al público, organizaciones
religiosas,
asociaciones o sociedades. Los centros preescolares,
guarderías, centros de cuidado diurno y teatros y salones de
películas pueden limitar su uso a personas en grupos de ciertas
edades en particular. |